Se crea el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos a cargo del Departamento Jurídico.
Las personas jurídicas que postulen y/o reciban fondos del Gobierno Regional por transferencia, deberán estar inscritas en el Registro de Personas Receptoras de Fondos Públicos, con anterioridad a su solicitud, de conformidad a la ley N° 19.862 y su reglamento.
Se dispondrá de un Formulario de Inscripción en la Oficina de Partes del Gobierno Regional, el cual tambien estará disponible para descarga en el enlace que más adelante se dispone.
| Resolución N°750 de fecha 12 de febrero de 2026, modifica la dodalidad del registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos del Gobierno Regional de Los Lagos, y deja sin efecto resolución que indica. | |
| Registro Receptores Fondos Públicos del Gobierno Regional de Los Lagos. |